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Cuánto puedes desgravar por tus hijos

Muchos somos los contribuyentes que debemos afrontar por primera vez la declaración de IRPF como padres. Y como suele pasar en estos casos, hay muchas dudas. Mi intención era conocer la fiscalidad aparejada a los hijos, sobre todo a las deducciones por maternidad. Como vi que con llamadas de teléfono a Hacienda y con visitas a foros no me solucionaban nada, decidí acudir a este despacho de abogados en Santander, donde me pusieron al día de las deducciones por maternidad en la declaración de la renta 2016. Espero que te sirva de ayuda.

En la reunión que tuve con ellos lo primero que me aclararon es la obligación de tributar o no en el caso del nacimiento de un hijo y los beneficios que hay. Así, están obligados a declarar  “los contribuyentes, incluidos los no obligados a declarar por razón de la cuantía y naturaleza o fuente de la renta obtenida en el ejercicio, que soliciten la devolución derivada de la normativa del IRPF que, en su caso, les corresponda”, dentro de las que se encuentra la deducción por maternidad y la deducción por nacimiento o adopción reguladas en los artículos 81 y 81 bis de la Ley del IRPF.

Ahora bien, esto no quiere decir que por ser mamá estés automáticamente obligada a presentar el IRPF, sólo que si quieres aprovechar todas las deducciones por tus hijos y lograr así cierto ahorro deberás hacerlo.

Además, me comentaron que los pagos efectuados por la mutualidad o la Seguridad Social a cuenta de la baja preparto y baja por maternidad tienen la consideración de segundo pagador a efectos fiscales. Por eso es de vital importancia, ya que esto determina si una persona debe hacer la declaración de la renta, ya que como percibí más de 1.500 euros de un segundo pagador y superé unos ingresos de 11.200 euros, me vi obligada a declarar.

Dos deducciones

Una vez que ya sabemos este importante punto,  el IRPF prevé dos tipos diferentes de deducciones generales para los padres con hijos: la deducción por maternidad y la deducción por nacimiento o adopción. El mero hecho de ser padre ya hace que pagues menos, siempre que los niños convivan contigo y estén a tu cargo o tengas la custodia compartida. En otras palabras, que puedas integrarlos dentro de tu unidad familiar.

La deducción por maternidad está regulada por el artículo 81 de la Ley de IRPF y se trata de una minoración en la cuota diferencial del IRPF. Su cuantía es de 1.200 euros anuales a razón de 100 euros mensuales a contar desde el nacimiento o adopción. Y ojo porque la deducción por nacimiento o adopción ya no forma parte de las deducciones del IRPF en el tramo estatal, si bien diversas comunidades autónomas contemplan deducciones adicionales. Sin embargo, la deducción por familia numerosa o hijo discapacitado fue una de las novedades de la reforma fiscal de 2015 y se mantiene en 2016.

Como bien sabes, muchos aspectos de la declaración cambian dependiendo de la Comunidad a la que perteneces, por ejemplo en Andalucía se establece una ayuda de 50 euros por hijo menor de tres años. Por eso lo mejor es que hagas como yo y te vayas a asesorar. Tenía muchas dudas y cuando fui informada ya lo tenía claro, pero como has visto, hay muchos aspectos que cambian y que no sabemos.

 

 

 

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